El profesor José Javier Goyeneche, del Departamento Académico de Contabilidad presentó a Gabriela Grey y a Adrián Urbina, ambos asociados de Solís Cámara y Compañía S.C., los cuales hablaron del nuevo Régimen Simplificado de Confianza, RESICO. Este nuevo régimen fiscal entró en vigor el primero de enero de 2022 y sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal. El objetivo de este nuevo régimen es tener una base de contribuyentes más amplia, incentivando a los pequeños comerciantes y al comercio informal a declarar ante el SAT con tasas del 1% al 2.5%.
¿Quiénes tributan bajo RESICO?
Los únicos contribuyentes que están autorizados a tributar bajo RESICO son los que prestan servicios profesionales, otorgan uso o goce temporal de bienes y aquellos que realicen actividades empresariales, incluyendo las del primer sector. Dentro de las actividades que te excluyen de poder tributar bajo el RESICO se encuentra el ser socio o accionista de personas morales, aplicar conjuntamente tratamientos fiscales que otorguen estímulos o ser personas residentes en el extranjero con uno o más establecimientos permanentes en México. Hay ciertas obligaciones para el contribuyente, debe tener un RFC activo, debe estar al corriente y no tener un crédito fiscal y no debe de estar en el listado del art 94.

¿Cómo se calcula el pago?
En el régimen tributario normal, los contribuyentes tienen que calcular una proporción con respecto a los ingresos y utilidades del año anterior. Con esta proporción se calcula el pago provisional del mes. Bajo el nuevo régimen la forma simplificada de hacer este pago es por medio de una tabla. Depende de cuánto ganaste en el mes los impuestos que tienes que pagar, lo que hace más sencillo el pago de impuestos. Al momento de cambiar de régimen, si tienes pérdidas acumuladas las puedes deducir en el primer año del nuevo Resico.

Al ser un régimen que acaba de entrar en vigor, todavía hay ciertos elementos de los ingresos o de los gastos que no ha sido clarificado si entran o no en el resultado. Indemnizaciones de los seguros de vida, herencias recibidas, rendimientos de fibras o las pensiones son ingresos que quedan en duda y se espera por la aclaración futura.