Almacenes Generales de Depósito: entidades auxiliares del crédito

El Departamento Académico de Derecho desarrolló el seminario de Derecho Privado. La Mtra. Ana Leonor Gaitán Montiel, Gerente Corporativo de Gestión de Información en Almacenadora Mercader, impartió una conferencia para explicar la importancia de las entidades auxiliares del crédito. Estas se encargan de custodiar muchos de los bienes que consumimos, en especial los Almacenes Generales de Depósito.

En México, las entidades auxiliares de crédito se encuentran reguladas principalmente por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC); esta determina las actividades que se consideran como auxiliares de crédito: compra-venta de divisas, la realización de operaciones de crédito, arrendamiento o factoraje financiero y la transmisión de fondos.

Los almacenes generales de depósito

Los Almacenes Generales de Depósito (AGD) son organizaciones auxiliares de crédito en los cuales se guarda, conserva y almacena mercancía en Depósito Nacional y Fiscal; estos operan a través de bodegas propias o habilitadas y ofrecen a los usuarios servicios de valor agregado como transporte, certificados de calidad, acondicionamiento de los productos, proyectos especiales de logística, etiquetado y comercialización. Las facultades de los Almacenes Generales de Depósito varían desde prestar servicios de acopio, manejo, control y distribución de los bienes y mercancías, hasta evaluar y calificar la calidad de los mismos. Además, dichos almacenes tienen la facultad de otorgar financiamientos con garantía de los bienes o mercancías que hayan recibido en depósito. También pueden celebrar operaciones de reporto sobre los certificados y bonos de prenda que emiten.

Almacenes Generales de Depósito: Delitos y Penalidades

Durante la conferencia, la Mtra. Gaitán Montiel señaló que realizar operaciones con oro, plata y divisas se encuentra prohibido para dichos almacenes. Igualmente señaló que así como celebrar operaciones en virtud de las cuales puedan resultar deudores del almacén están penadas. 

A su vez, mencionó que se considera delito cuando los bodegueros habilitados dispongan o permitan disponer indebidamente de las mercancías depositadas o proporcionen datos falsos al Almacén General sobre los movimientos y existencias de las mercancías y se pena con prisión de 5 a 10 años.

La Mtra. Ana Leonor Gaitán Montiel concluyó que es necesario desarrollar en México una infraestructura de almacenamiento, con procesos administrativos eficientes para facilitar el comercio internacional. Sin esta infraestructura administrada de manera adecuada, resultaría sumamente complicado aprovechar los tratados comerciales del país.

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